Contrato individual de trabajo

Contrato individual de trabajo: El contrato es un documento en el cual dos personas se comprometen a un acuerdo mutuo para realizar. En relación al trabajo se configura dos figuras jurídicas primordiales:

 

1.- El patrón: Quien es la persona, representante legal o apoderado de una empresa que da empleo.

2.- El trabajador: Es la persona que posee habilidades para realizar determinado trabajo.

 

El patrón es quien da el empleo y el trabajador quien ocupa esa plaza de trabajo. Y para tales fines la ley obliga que se realice mediante un contrato en donde se fije clausulas para que de esa manera se respete el derecho del trabajador así como el del patrón. Y si algunas de las partes incumple el contrato, entonces  puede ser objeto de  una demanda jurídica o legal para que cumpla al pie de la letra lo que ha firmado.

contrato individual de trabajo

¿Por qué se denomina contrato individual de trabajo?

Recibe ese nombre, porque es un documento elaborado solo para contratar  a un trabajador  y no varios. No por eso significa que dicha empresa solo tendrá un trabajador. Si no que, por cada trabajador que requiera deberá firmar un contrato individual de trabajo, debido a que los contratos colectivos muchas veces no son efectivos para el tipo de trabajo que se realizará.

Ejemplo de contrato individual de trabajo:

Contrato individual de trabajo

 Formato

Contrato individual de trabajo por tiempo determinado ( o indeterminado – aqui usted aclara cual será la forma de contrato) que celebran por una parte, (Nombre completo y apellidos) en representación de la empresa (Nombre de la empresa o si es persona fisica se omite este dato extra) SA de CV, a quien en lo sucesivo se le designará el patrón y por otra parte (Nombre completo del empleado o trabajador) , a quien en lo sucesivo se le designará el trabajador y que sujetan a las declaraciones y cláusulas siguientes:

 

D   E   C   L   A   R   A   C   I   O   N   E   S

 

I. Del patrón

 

1. Declara el patrón ser una sociedad mercantil ubicada en la ciudad de ___________________, constituida conforme a las leyes mexicanas, dedicada a _______________ y con domicilio en _____________________. ( Solo si es persona moral, en caso que sea persona civil, solo agregará sus datos del tipo de negocio que tiene).

 

II. Del trabajador

 

1. Declara el trabajador, bajo protesta de decir verdad, llamarse como queda escrito, ser de nacionalidad (mexicana), de (20 años) de edad, estado civil (soltero o casado) y con domicilio en (calle, numero, colonia, barrio, fraccionamiento, etc., Codigo postal, Ciudad o localidad, municipio y Estado).

2. Que ha recibido una explicación completa de la naturaleza temporal (o indefinido) del trabajo que va a desarrollar y que tiene los conocimientos y aptitudes para el desarrollo del mismo, por lo que está conforme en prestar los servicios temporales al patrón.

En virtud de lo declarado, y para el logro de las finalidades que las partes se proponen, sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:

 

C   L   A   U   S   U   L   A   S  :

 

PRIMERA. Los contratantes se reconocen la personalidad con la que se ostentan, para los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDA. El patrón contrata los servicios del trabajador por un periodo de (1 mes, 2, 3, 4, 5, 6 meses o hasta de 1 año según sea el acuerdo o requerimiento), en los términos de las cláusulas que siguen.

TERCERA. El trabajador se obliga a prestar al patrón, bajo su dirección y vigilancia, sus servicios personales, debiendo dedicarse durante el tiempo de su contrato las labores de _________________ en el área de __________ como ____________, conviniendo el mismo en seguir las instrucciones que reciba del patrón, en relación con la forma, lugar y tiempo en que deba desarrollar su trabajo.

CUARTA. Este contrato es por tiempo determinado, por lo que el mismo se celebra exclusivamente por el periodo que dure la incapacidad por maternidad de ___________, tiempo durante el cual realizará los trabajos a que se refiere la cláusula tercera consistente en ____________________________.

QUINTA. Este contrato se celebra en la inteligencia de que finalizado el término señalado en las cláusulas anteriores, el presente contrato se dará por terminado sin responsabilidad alguna para las partes.

No obstante lo anterior, este contrato podrá prorrogarse si la causa que lo origina se extiende por un periodo mayor.

SEXTA. Convienen ambas partes que el patrón podrá, dentro de los primeros 30 días de prestación de los servicios, rescindir el presente contrato de trabajo sin ninguna responsabilidad de su parte, si el trabajador demuestra falta de capacidad, aptitudes o las facultades que dijo tener en las declaraciones que anteceden, o se demuestre engaño en los certificados y referencias presentados por éste.

SEPTIMA. La duración de la jornada será de ______ horas diarias, de lunes a __________ con un horario de las _____ a las _______ horas, disponiendo de ________ para tomar los alimentos.

Convienen ambas partes que el horario de trabajo podrá ser modificado en cualquier momento, de acuerdo con las necesidades del patrón.

OCTAVA. El día de descanso semanal para el trabajador se fijará el día _______, el cual podrá variar de acuerdo con las necesidades propias de la empresa.

También disfrutará de los días de descanso obligatorio con pago de salario íntegro, estipulados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, que se presenten durante la vigencia de este contrato.

NOVENA. El trabajador recibirá como remuneración por sus servicios la cantidad de $                           .00 (                        00/100 MN), mismos que serán cubiertos en efectivo y en moneda de curso legal.

De dicho salario, el patrón efectuará por cuenta del trabajador las deducciones legales que correspondan, particularmente las referentes al impuesto sobre la renta y el seguro social, cuota sindical, etcétera.

Por su parte, el trabajador, cada vez que le sea pagado su salario, firmará el recibo correspondiente a los salarios devengados, mismo que será expedido por el patrón para tales fines.

DECIMA. El trabajador no está autorizado para laborar más tiempo del señalado en la jornada, salvo que su jefe inmediato le dé orden expresa y por escrito, justificativa de las circunstancias que requieran el aumento de la jornada de trabajo. Sólo con este requisito se le cubrirá el importe de la jornada extraordinaria.

DECIMA PRIMERA. Los servicios contratados los prestará el trabajador en el domicilio del patrón y cuando por razones de operación o del desarrollo de la actividad haya necesidad de removerlo, se trasladará a los lugares que el patrón le asigne.

DECIMA SEGUNDA. El trabajador está obligado a checar su tarjeta o a firmar las listas de asistencia a la entrada y salida de sus labores, por lo que la ausencia de este requisito se tomará como falta injustificada a sus labores, para todos los efectos legales.

DECIMA TERCERA. El trabajador percibirá por concepto de vacaciones una remuneración proporcional al tiempo de servicios prestados, con una prima de 25% sobre los salarios correspondientes a las mismas, teniendo en cuenta el término de la relación de trabajo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 76, 79 y 80 de la Ley Federal del Trabajo.

DECIMA CUARTA. El trabajador será asegurado en el Instituto Mexicano del Seguro Social y para tal efecto el patrón descontará del salario del trabajador la cuota correspondiente, por lo que conforme al artículo 53 de la Ley del Seguro Social, el patrón queda relevado de todas las responsabilidades que por riesgo profesional le impone la Ley Federal del Trabajo.

DECIMA QUINTA. Cuando el trabajador, por cualquier circunstancia, se vea obligado a faltar a sus labores, deberá dar aviso al patrón telefónicamente, a más tardar a las ___ horas. El aviso no justifica la falta, pues en todo caso el trabajador justificará su ausencia con el comprobante respectivo, que en enfermedad será únicamente el certificado de incapacidad que expide el Instituto Mexicano del Seguro Social, teniendo el trabajador un lapso no mayor a 48 horas después de la falta para entregar la incapacidad respectiva. De no hacerlo así, se le sancionará de acuerdo con el Reglamento Interior de Trabajo establecido en la empresa.

DECIMA SEXTA. Si el trabajador faltase a sus labores por causa de fuerza mayor (distinta de enfermedad), deberá justificarlo plenamente al patrón con los comprobantes que a juicio de éste sean necesarios. Cuando el trabajador solicite permiso con o sin goce de salario, recabará en todo caso constancia escrita del patrón, sin cuyo requisito se considerará como falta injustificada.

DECIMA SEPTIMA. El trabajador conviene en someterse a los reconocimientos médicos que ordene el patrón en los términos del artículo 134, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo, en la inteligencia de que el médico que los practique será designado y retribuido por el patrón.

DECIMA OCTAVA. El trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan por el patrón aprobados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

DECIMA NOVENA. Ambas partes están de acuerdo que en defecto de lo establecido en este contrato, se sujetarán a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

Leído que fue por ambas partes este documento y una vez enteradas de su contenido y alcance, lo firman por duplicado en la ciudad de ___________, a ___ de ______________ de 20__, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes.

 Nombre completo y firmas de:

 Patrón                                                           Trabajador

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